Páginas

¿Cómo se construye audiovisualmente lo “americano” en el videoclip de This is not America (Residente, 2022)?

Por Luis Alfredo Ponce Benítez Gambino, mi hermano, esto sí es América Desde que los españoles llegaron a estas tierras, cuando todavía no s...

jueves, 18 de agosto de 2022

Factores culturales e históricos que permitieron la participación política de las mujeres por medio de la cuota de género en elecciones

Por William Adrian Morán, Wendy Xiomara López

Este ensayo responderá a la pregunta: ¿Cómo han influido las luchas y demandas de mujeres en la inclusión dentro de espacios políticos partidarios e institucionales por medio de cuotas de participación garantizada en las elecciones de El Salvador? Para ello es importante analizar dos momentos históricos y trascendentales:

• La autoproclamación de Prudencia Ayala como presidenta de la República en 1930, en un contexto en el que las mujeres no tenían derecho al sufragio.

• La conquista del derecho al voto para todas las personas sin restricción en 1950.

Ambos hechos históricos y su influencia en la garantía por la cuota de participación de género analizados desde las teorías y reflexiones de Jesús Martín Barbero a partir del segundo capítulo de su libro De los medios a las mediaciones: Comunicación, cultura y hegemonía; y Néstor García Canclini según sus consideraciones sobre la importancia, consolidación e incidencia de los movimientos populares en su análisis: ¿De qué estamos hablando cuando hablamos de lo popular?. También se ha tomado a bien analizar estudios académicos y de organizaciones y entidades nacionales e internacionales que refuerzan la argumentación para el objeto de investigación.

Normativas internacionales para garantizar la participación política de las mujeres

La participación política y en cargos de toma de decisión es un derecho de todas las y los ciudadanos de un país; con la garantía de acceder a cargos públicos en igualdad de condiciones. Este derecho ha sido establecido y ratificado en diferentes tratados y normativas a nivel internacional que mandata a los Estados a cumplir con dichos acuerdos; de los cuales El Salvador es firmante, y, por lo tanto, adopta el compromiso de cumplir con los estatutos. Por ejemplo, la Declaración Universal de los Derechos Humanos proclamada por la Organización de las Naciones Unidas en 1948, ratifica en su Artículo 21: “Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos” (Organización de las Naciones Unidas [ONU], 1948). Con lo cual se reconoce la participación en espacios de poder dentro del ámbito gubernamental, sin discriminación ni exclusión; reconociendo a toda persona como sujeta de derecho para optar por cargos de elección popular. De igual manera, en el mismo Artículo se reconoce: “Todas las personas tienen el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país” (ONU, 1948), con lo cual se reconoce la necesidad de garantizar equidad de condiciones para hombres y mujeres para la participación en espacios públicos. De igual manera, en tratados más recientes como la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Belem Do Pará), entrada en vigor en 1995, en su Artículo 4 destaca la participación política de las mujeres como un derecho humano, la cual comprende “el derecho a tener igualdad de acceso a las funciones públicas de su país y a participar en los asuntos públicos, incluyendo la toma de decisiones” (Organización de los Estados Americanos [OEA], 1994).

A pesar de las ratificaciones y tratados de los cuales El Salvador es parte, las mujeres han enfrentado diversos obstáculos para acceder a puestos de poder. La historia de nuestro país se ha visto arraigada por factores culturales conservadores y misóginos, que han establecido y reproducido roles y estereotipos de género: la mujer sumisa, encargada de las tareas de cuidado, bienestar de la familia y responsable de la educación de los hijos e hijas; lo cual contribuía a la “invisibilización y por tanto a la ausencia de las mujeres como sujetos históricos en los procesos de reforma social, de construcción de la nación, del desarrollo y del mantenimiento del orden social” (Fundación Nacional para el Desarrollo [FUNDE], 2014, p. 3).

La capacidad y potencial de las mujeres para resolver y mediar en asuntos públicos y de representación política ha quedado demostrado en años recientes, no solo en El Salvador, sino también en experiencias de otros países de Latinoamérica como Chile, Argentina, Bolivia; y a nivel de Centroamérica, Costa Rica y recientemente Honduras con la primera mujer elegida presidenta. Logros obtenidos no de manera automática, sino como producto de luchas, movimientos, demandas e incidencias sociales e históricas, sobre todo contra formas hegemónicas patriarcales de poder y gobernanza; y por la garantía de participación y representación de las mujeres en espacios públicos. En cuanto a esta reflexión, en la segunda parte del libro “Transformación de los modos del saber”, Martín Barbero (1987) hace referencia al potencial y “conocimientos de las mujeres, y la posible amenaza que significaba para figuras como clérigos, jueces civiles, hombres ricos y cultos” (pp. 101-108); reflexión que permite comparar la discriminación, bloqueo y exclusión que ha predominado en la política salvadoreña sobre los espacios de poder para las mujeres, y es que en la actualidad se expresa como una forma de hostilidad, “la presencia femenina molesta a quienes toman las decisiones en los espacios políticos” (Herrera, 2020, citado en Ponce y Cruz, 2020).

A pesar de la cultura patriarcal que ha predominado, en nuestro país también hubo antecedentes históricos importantes de mujeres lideresas, movimientos disidentes y luchas sociales organizadas por mujeres, en busca de garantizar mejores condiciones de vida, oportunidades de representación y reconocimiento de sus derechos; así como por ser reconocidas e incluidas dentro de espacios de poder. Pero los hechos históricos que dan pie a incursionar sobre la necesidad y visibilización de la participación sociopolítica de las mujeres en El Salvador son dos específicamente: la autoproclamación de Prudencia Ayala como candidata a la presidencia de la República en 1930, y la obtención del voto femenino en 1950.

Prudencia Ayala, la primera mujer candidata a la presidencia de El Salvador

Prudencia Ayala es considerada la primera mujer que logró desestabilizar un sistema patriarcal y excluyente, basando su candidatura en aperturas políticas dentro de la Constitución creada en 1886, ya que la misma “no negaba de manera explícita los derechos de las mujeres” (Candelaria Navas, 2018, p. 71), sino que el término salvadoreño “amparaba a todos aquellos que ostentaban esa nacionalidad, y por tanto, siendo ella mujer nacida en territorio salvadoreño estaba implícitamente involucrada en esa acepción” (Candelaria Navas, 2018, p. 71). Entre las acciones de trascendencia política de Ayala se encuentra el poner en la agenda pública de la época el reconocimiento del voto femenino. Su candidatura no logró avanzar por “argumentos de tipo procesal, sin que la Corte Suprema emitiera un fallo en torno a esa pretensión” (Cáceres Prendes, 1993, p. 42). Es a partir de este hecho, que comienza a haber una creciente demanda por parte de las mujeres para optar por el derecho al sufragio. Esta presión social tuvo frutos dentro del plano legislativo, y es así que en 1938 la Asamblea Legislativa reconoció el derecho al voto de las mujeres, pero solamente a las casadas mayores de 25 años que presentaran “su acta matrimonial [...] las solteras debían tener más de 21 años y un título profesional o ser mayores de 30 años y poseedoras, al menos, del certificado de sexto grado de escolaridad” (Cañas Dinarte, 2004), es decir, el derecho al sufragio estaba permitido solamente para aquellas mujeres que cumplían con el rol de amas de casa o contaban con un nivel de educación superior.

Museo de la Palabra y la Imagen. (2017). Dibujos animados sobre la vida y obra de Prudencia Ayala, pionera en la lucha por los derechos femeninos en El Salvador. [Animación]. Youtube. https://www.youtube.com/watch?v=7Zqap0omZVA


Se aprueba el derecho constitucional al voto para las mujeres

20 años más tarde, en 1950 se aprueba el derecho al voto para todas las personas salvadoreñas sin restricciones, reconociendo explícitamente el derecho de las mujeres a ejercer el sufragio. Este reconocimiento de los derechos políticos para las mujeres fue considerado como “el primer eslabón en la construcción de su ciudadanía, el derecho a votar y ser votada” (Candelaria Navas, 2018, p. 73); y es así como “en 1952 una mujer logró ser elegida alcaldesa. Las primeras mujeres que ingresaron a la Asamblea Legislativa lo hicieron en 1956” (Herrera, 2015, p. 9). Estos sucesos históricos marcaron la pauta para la conformación, consolidación, luchas y reconocimientos de posteriores movimientos de mujeres y feministas en el país. Estas expresiones han significado un impulso trascendental para lograr cambios culturales, políticos y sociales, ya que históricamente los movimientos de mujeres “cuestionan conjuntamente la desigualdad en el trabajo y en la vida cotidiana” (García Canclini, 2004, p.164). Producto de los acontecimientos históricos antes mencionados; y el desarrollo e incidencia de mujeres en diferentes espacios educativos, académicos, sindicales y políticos, es cómo se ha logrado la sensibilización sobre inclusión de las mujeres en espacios de toma de decisión; y es que respecto a la organización popular y movimientos sociales (como los movimientos de mujeres y feministas), García Canclini (2004) afirma que estas formas de luchas que “hasta hace pocas décadas eran marginales y a veces invisibles dentro de la política general, como los étnicos, sexuales, regionales, urbanos, han pasado a ocupar posiciones protagónicas” (p.162).

Figura 1. Elecciones de El Salvador en 1950

Fuente: https://cdn-pro.elsalvador.com/wp-content/uploads/2019/01/Voto-femenino-015.jpg

Es un hecho que la participación política no solamente se refiere a la representación en cargos de elección popular, sino “a toda la acción que intenta transformar las reglas relacionadas con el poder [...] las mujeres hacemos luchas en otros campos que no son ni la política partidaria, ni la institucional” (Herrera, 2021, 0m47s); es decir, también se refiere al involucramiento activo, contribución y aporte a diferentes aspectos y espacios sociales, comunitarios y colectivos que permiten de cierta manera la incidencia y sensibilización en dichos espacios. Sin embargo, el presente trabajo se refiere específicamente al acceso a los espacios de participación dentro de la política institucional y legislativa. En ese sentido, producto del trabajo organizado de mujeres en la búsqueda de equidad y paridad política, se han desarrollado diferentes leyes y estatutos para garantizar y reconocer la inclusión de las mujeres puestos públicos; entre ellos tenemos:

  • Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres LEIV, entrada en vigencia en 2012 como fruto de estatutos internacionales como la Convención de Belem do Pará; y que en su artículo 55 sanciona el “Impedir, limitar u obstaculizar la participación de las mujeres en cualquier proceso de formación académica, participación política, inserción laboral o atención en salud”.
  • Ley de Igualdad, Equidad y Erradicación a la Discriminación hacia las Mujeres, entrada en vigencia en 2011; la cual en su artículo 23 resalta que “todas las instituciones de gobierno deberán promover y sensibilizar la participación en igualdad de oportunidades de mujeres y hombres en las posiciones y en los procesos de toma de decisiones, en especial en sus órganos de dirección”.
  • Ley de Partidos Políticos de El Salvador, publicada el 27 de febrero de 2013; la cual en su artículo 38 mandata a que los partidos políticos “deberán integrar en sus planillas para elección de diputaciones a la Asamblea Legislativa, Parlamento Centroamericano y miembros de los Concejos Municipales, al menos un 30% de participación de mujeres”; de lo cual se profundizará más adelante. 

Como se ha visto en el contexto histórico anterior, es necesario reconocer que, ante los retos para los movimientos y las organizaciones populares, predominan las “luchas contra formas de poder, represión y discriminación, principalmente en la vida cotidiana” (García Canclini, 2004, pp.162-163). Pero si bien los avances han sido considerables, y a pesar del progreso y evolución en materia de leyes y conquista de espacios sociales y políticos, todavía no se puede garantizar que existe una paridad en igualdad de participación en cargos públicos y de elección popular; es decir, las mujeres siguen siendo una minoría del 30% y en muchos casos son excluidas de cargos de jefaturas o coordinación dentro del ámbito legislativo y partidario. Ante esto, Cienfuegos Agreda (2004) plantea que “la participación política de las mujeres es uno de los derechos humanos sobre los cuales, se ha avanzado lentamente en El Salvador”. Esto debido a que en la actualidad se siguen reproduciendo estereotipos de género en los que se considera que las mujeres no son aptas para optar por cargos de toma de decisión que fomentan las brechas de desigualdad para la participación política. Un estudio realizado en 2017 por la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas, en conjunto con ONU Mujeres y el Grupo Parlamentario de Mujeres de la Asamblea Legislativa, señala que dichos estereotipos sobre la imposibilidad de las mujeres a ocupar cargos de poder y la aptitud de los hombres para estar en posiciones de liderazgo debe ser un factor que las “entidades de educación superior desarrollen en líneas de investigación para analizar estas subjetividades dentro de la sociedad salvadoreña; ya que dichas ideas estereotipadas pueden incidir en un “menor respaldo a la postulación de mujeres para cargos de elección popular” (Aguilar & Guevara, 2017, pp. 126-127). 

¿Cómo está compuesta la Asamblea Legislativa?

En la actualidad los espacios de participación política ganados por la lucha de las mujeres organizadas y no organizadas han llegado hasta la Asamblea Legislativa, organismo colegiado integrado por 84 parlamentarias y parlamentarios con sus respectivos suplentes. El órgano legislativo, “según su naturaleza es un cuerpo colegiado […] le compete, fundamentalmente, la función de legislar. Sus atribuciones se encuentran establecidas en la misma Constitución” (Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, Decreto Legislativo N° 756, Reglamento Interior de la Asamblea Legislativa, Diario Oficial N° 198, Tomo N° 369, 25 de octubre de 2005, Artículo 2).

A pesar de que jurídicamente la igualdad entre hombres y mujeres está reconocida en el Art. 3 de la Constitución de la República, como se ha mencionado antes, aún no se tiene plena paridad en los espacios de poder y representación política ya que en los diferentes períodos las mujeres han tenido una participación minoritaria en el órgano legislativo. Para las elecciones de 2003, a pesar de representar el 53% de la población y que el 47.73% de las inscripciones correspondían a mujeres, los escaños ganados por ellas en el Legislativo no superaron el 33% (Ponce y Cruz, 2020). 

Como se ha mencionado anteriormente, el país ha tenido avances importantes como el establecimiento de leyes para garantizar la participación política partidaria e institucional, así como la posición de mujeres en puestos de jefatura; sin embargo, durante los últimos años solamente dos mujeres han sido presidentas de la Asamblea Legislativa: Gloria Salguero Gross (periodo de 1994-1997) y Lorena Peña (periodo de 2015-2016).

Este resultado no desmotivó a los movimientos de mujeres y feministas, sino lo contrario. Según lo detalla un estudio del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (Herrera, 2015), en el año 2000, junto a las diputadas de esa legislatura unificaron sus esfuerzos por obtener paridad en la participación política. Cinco de las principales organizaciones feministas que velan por los derechos de la mujer en el país, entre estas: Asociación de Regidoras y Alcaldesas de El Salvador (ANDRYSAS), Colectiva Feminista para el Desarrollo Local, Asociación de Mujeres por la Dignidad y la Vida (Las Dignas), Asociación Movimiento de Mujeres Mélida Anaya Montes (Las Mélidas) y el Instituto de Estudios de la Mujer “Norma Virginia Guirola de Herrera (CEMUJER) trabajaron a lo largo de 10 años diferentes propuestas, proyectos e iniciativas orientadas a los partidos políticos para que estos se autorregularan y garantizaran no solo su participación sino también su representación política en los partidos políticos. 

Según Martín Barbero (1987) citando a Gutiérrez y Romero (1981):

Las condiciones de existencia de una “sociedad de masas” llevará al movimiento popular a una nueva estrategia de alianzas. Como si la nueva experiencia social tendiera a formar una nueva visión, una concepción menos frontalmente cuestionadora: La de una sociedad que puede ser reformada de a poco, la de una sociedad que puede llegar a ser más justa (pp. 171-172).

Tal fue el eco de las exigencias, voluntad y compromiso político obtenido por esta unión de mujeres que la Asamblea Legislativa se propuso dar cumplimiento al espíritu y letra de las convenciones y conferencias de las cuales El Salvador es firmante y se dio a la tarea de adecuar sus regulaciones internas, demandado la institucionalización de mecanismos que garanticen el avance de los derechos de las mujeres y de prácticas democráticas en igualdad de condiciones entre hombres y mujeres. Para garantizar su cumplimiento en el ámbito legislativo, la Asamblea consideró  por  Decreto Legislativo Número 852 del 29 de septiembre de 2011 y publicado en el Diario Oficial N° 189, Tomo 393, del 11 de octubre de 201,1 incorporar reformas al Reglamento Interior de la Asamblea Legislativa (RIAL) para establecer un Grupo Parlamentario de Mujeres (GPM), cuyo objetivo sería promover iniciativas a favor de las mujeres por medio de una agenda de consenso y negociación política; que a su vez tuviera una dinámica de diálogo e interlocución con las demandas de los movimientos sociales respecto a derechos y situaciones de las mujeres, por tanto quedó plasmado en el reglamento de la siguiente manera, Artículo 34-A.- Grupo Parlamentario de Mujeres:

Al inicio de la legislatura, las diputadas conformarán el Grupo Parlamentario de Mujeres, que podrá́ denominarse GPM, integrado por todas las diputadas propietarias y suplentes electas […]  El objeto será velar por el cumplimiento de la política de igualdad de género en la función legislativa y su plan de acción, con el soporte técnico de la unidad de género.


Figura 2. 

Grupo Parlamentario de Mujeres, período legislativo 2018-2021


  Fuente: https://www.facebook.com/GrupoParlamentarioDeMujeres/photos/a.3788501254581091/3788571414574075

Según el sitio web del Grupo Parlamentario de Mujeres (https://gpm.asamblea.gob.sv/), 

el trabajo realizado en sinergia por las ocho diputadas titulares y todas las diputadas suplentes de los distintos partidos políticos que lo conformaban durante la Legislatura 2009 -2012 dio paso a la formalización de lo que llamaron la Triada Legislativa de Género, compuesta por el Grupo Parlamentario de Mujeres, la Comisión de la Mujer y la Igualdad de Género y la Unidad de Género de la Asamblea Legislativa. Este esfuerzo no solo ha simbolizado un enorme logro en la lucha de las mujeres sino también permitió legislar en igualdad de género a favor de:

  • La generación de reformas al Reglamento Interior de la Asamblea Legislativa, para establecer como permanente la Comisión de la Mujer y la creación de la Unidad de Género. 
  • Incorporar la discusión y formulación de leyes relacionadas a la mujer e igualdad de género en una comisión idónea y especializada como la Comisión de la Mujer. 
  • Reformas la Ley de Partidos Políticos a fin de establecer una cuota de participación de género del 30% en planillas nacionales, departamentales y municipales.

La cuota de género se decretó en febrero de 2013 y se estableció en la Ley de Partidos Políticos de la siguiente manera: “los partidos políticos deberán integrar sus planillas para elección de diputaciones a la Asamblea Legislativa, Parlamento Centroamericano, y miembros de los concejos municipales, al menos con un treinta por ciento de participación de mujeres”. (Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, Decreto Legislativo N°307, Ley de Partidos Políticos, Diario Oficial N° 40, Tomo N° 398, de fecha 27 de febrero de 2003. Artículo 38).

Establecimiento de la cuota de género para participar en elecciones

La cuota de género fue incluida en el “Capítulo V: Elección de Autoridades y Candidaturas Partidarias a cargos de Elección Popular” y según dicta el texto, el Tribunal Supremo Electoral será el organismo colegiado encargado de verificar que los partidos políticos o coaliciones cumplan con las disposiciones plasmadas en la ley. En una entrevista brindada al Noticiero Hechos el 1 de marzo del 2015, Margarita López, para ese entonces diputada por el partido Frente Farabundo Martí para la Libertad Nacional expresaba que “la participación de las mujeres ya es real porque estamos haciendo las cosas en el territorio con la población salvadoreña” (López, M. 2015). Las palabras de la diputada confirmaban el esfuerzo en conjunto y reconocían el respaldo de diferentes sectores en la sociedad salvadoreña y el impacto sobre todo de las luchas realizadas por las mujeres y organizaciones feministas en El Salvador.

Figura 3. 

Reconocimiento por parte de organizaciones feministas al trabajo del Grupo Parlamentario de Mujeres

 Fuente: https://gpm.asamblea.gob.sv/wp-content/uploads/2015/08/gpm-recibe-reconocimiento-de-organizaciones.jpg

Esta cuota del 30% de participación podría decirse que es mínima, sin embargo, el porcentaje ganado puede catalogarse de gran avance para la democracia salvadoreña, sobre todo después que en una sociedad patriarcal como se analizó en el contexto histórico, la mujer no tenía derecho a elegir a sus representantes, así mismo refleja la lucha por erradicar la desigualdad entre hombres y mujeres en el entorno político de El Salvador.

A propósito, en el 2020 para ese entonces la diputada del Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN), Cristina Cornejo dijo a la Revista La Brújula: “El tema de las cuotas es positivo a favor de las mujeres, pero no fuera necesario si la ciudadanía, los partidos políticos y la institucionalidad permitiera una participación igualitaria” (Ponce y Cruz, 2020).

A diferencia de los hombres, las mujeres han tenido que luchar por sus derechos. En el ideal de toda sociedad plural, inclusiva y con igualdad de garantías para todas las personas esto no debería suceder, ya que las mujeres deberían tener los mismos espacios y oportunidades, que permitan lograr una democracia paritaria. Cabe destacar que en la actualidad las mujeres se enfrentan a otro tipo de retos, pero siguen avanzando en la conquista de sus derechos fundamentales, con lo que se demuestra el éxito de los esfuerzos de integración de la perspectiva de género tanto en los espacios políticos como los parlamentarios depende sobre todo de la voluntad, disponibilidad, diálogo y entendimiento político.

 Referencias

Aguilar, J., & Guevara, C. (2017). Motivaciones de participación electoral de las Mujeres en El Salvador. San Salvador: Grupo Parlamentario de Mujeres, Instituto Universitario de Opinión Pública, de la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas y ONU Mujeres, El Salvador (pp.126-127).

Arollo, L. (2021). Las olvidadas de América: Prudencia Ayala, la primera mujer que intentó ser presidenta en América Latina. El País. https://elpais.com/internacional/2021-03-07/prudencia-ayala-la-primera-mujer-que-intento-ser-presidenta-en-america-latina.html

Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, Decreto Legislativo N°307, Ley de Partidos Políticos, Diario Oficial N° 40, Tomo N° 398, de fecha 27 de febrero de 2003. Artículo 38. Recuperado de:. https://www.tse.gob.sv/documentos/normativa-electoral/Ley-de-Partidos-Politicos-de-El-Salvador.pdf

Cáceres Prendes, J. (1993). Género, ciudadanía y cultura política en El Salvador, 1930-1959. Seminario Balance Histórico del Estado-Nación Centroamericano, San Salvador, 22-26 de noviembre de 1993.

Cañas Dinarte, C. (2004). El largo camino hacia el voto femenino. Vértice. elsalvador.com. http://archivo.elsalvador.com/vertice/2004/210304/deportada.html

Cienfuegos Agreda, R. (2021). Igualdad o desigualdad en la participación política de la mujer salvadoreña para el período 2021-2024. Universidad de Oriente. https://cidemo.univo.edu.sv/igualdad-o-desigualdad-en-la-participacion-politica-de-la-mujer-salvadorena-para-el-periodo-2021-2024/#:~:text=La%20participaci%C3%B3n%20pol%C3%ADtica%20de%20las,avanzado%20lentamente%20en%20El%20Salvador

FUNDE (2014). Breve recorrido histórico de la participación de mujeres en El Salvador. Alternativas para el desarrollo (pp. 1 - 5). http://www.repo.funde.org/id/eprint/921/3/APD-105-Art1.pdf

García Canclini, N. (2004). Organización popular y réplica sociopolítica. ¿De qué estamos hablando cuando hablamos de lo popular? (p.162-177). Diálogos en la acción, primera etapa, 2004. https://hugoribeiro.com.br/biblioteca-digital/Canclini-de_que_estamos_hablando_cuando_hablamos_de_lo_popular.pdf 

Herrera, M. (2015). Más allá de los números: las mujeres transforman el poder legislativo. Estudio de país: El Salvador.  Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo. 

__. [Todas TV]. (13 de febrero de 2021). Participación política de las mujeres [Archivo de Video]. YouTube. https://www.youtube.com/watch?v=pAicr6BOFsg

Instituto Salvadoreños para el Desarrollo de la Mujer [ISDEMU].  (2016). Plan Nacional de Igualdad 2016 - 2020. CEPAL. https://oig.cepal.org/sites/default/files/el_salvador_plan_nacional_de_igualdad_2016-2020.pdf

López, M. (2015). Participación de mujeres en la política / Entrevistada por Julio Guevara. Noticiero Hechos. Recuperado de: https://www.youtube.com/watch?v=zhVyALiCmVA

Martín Barbero, J. (1986). De los medios a las mediaciones: comunicación, cultura y hegemonía (pp.101- 108 y 170-177). Gustavo Gili, S.A. http://abaco.uca.edu.sv/opacbfi/verdetalle_.php?idobra=157161 

Organización de las Naciones Unidas [ONU]. (1948). Declaración Universal de los Derechos Humanos. Recuperado de https://www.un.org/es/about-us/universal-declaration-of-human-rights

Organización de los Estados Americanos [OEA]. (1994). Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer "Convención de Belem Do Para". Recuperado de https://www.oas.org/juridico/spanish/tratados/a-61.html

Ponce, R., Cruz, F. (9 de septiembre de 2020). La participación política de las mujeres: un desafío contra la violencia machista. Revista La Brújula. Recuperado de: https://revistalabrujula.com/2020/09/09/la-participacion-politica-de-las-mujeres-un-desafio-contra-la-violencia-machista/

 

William Adrian.
Soy Licenciado en Artes Plásticas, opción Diseño Gráfico por la Universidad de El Salvador. Me desempeño en el área de comunicaciones y producción multimedia de la Colectiva Feminista para el Desarrollo Local, una organización feminista que trabaja desde diferentes ejes dentro del territorio salvadoreño; y cuyo objetivo es lograr el empoderamiento y reconocimiento de las mujeres en todos los ámbitos de la vida, para tener una sociedad más justa y equitativa. También soy consultor en el ámbito de producción audiovisual, creación de campañas y herramientas comunicacionales para el cambio de imaginario social.


Xiomara López. Me gradué como Licenciada en Comunicaciones y cursé un posgrado en Relaciones Públicas en la Universidad Tecnológica de El Salvador, a lo largo de los años he tenido la oportunidad de sumar mayores conocimientos con seminarios y cursos. Laboralmente me he desempeñado en áreas de Social Media, Marketing, producción y coordinación para TV, personalmente he disfrutado mucho la experiencia y aprendizaje de mis últimos trabajos; actualmente me desempeño como jefa de prensa.